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Actualidad Tributaria – Memorandum 111-2021 – Hoteles, Cabañas y Restaurantes en San Luis

Actualidad Tributaria – Memorandum 111-2021

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

REORGANIZACIÓN DE EMPRESAS. ELIMINACIÓN PLAZO ADICIONAL

Se elimina el plazo adicional otorgado oportunamente para efectuar las comunicaciones en la reorganización de empresas, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
A través de la Resolución General N° 5063 (B.O. 1/9/2021) AFIP derogó la Resolución general 4700, que estableció, con carácter de excepción, un plazo adicional al previsto en el artículo 4° de la Resolución General N° 2.513, a fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de la obligación de comunicación en los supuestos de reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
En consecuencia, la resolución general establece lo siguiente:
-Se deroga la Resolución General N° 4700
-Las disposiciones de esta resolución general resultarán de aplicación respecto de todas aquellas reorganizaciones contempladas en el artículo 80 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, cuya fecha de reorganización se produzca a partir del 1/10/2021.
-En el caso de las reorganizaciones que se hayan formalizado con anterioridad al 1 de octubre de 2021, será de aplicación el plazo adicional establecido por la Resolución General N° 4.700.

Vigencia: 1/9/2021
Aplicación: desde el 1/10/2021

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